Ante esta nueva lucha contra la corrupción, todo aquél que sea prestador de servicios al pueblo debe mantener este código de ética.
- Salvaguardar en todo momento y en cada una de sus actuaciones,
los intereses generales del Estado y la preservación del patrimonio
público.
- Actuar con estricto apego a las leyes y a todas las demás normas
e instrucciones que deben regir su comportamiento en la realización
cabal de todas las tareas que tenga asignadas.
- Dedicar todos sus esfuerzos para cumplir, con la máxima eficiencia y la más alta eficacia, la misión que le esté encomendada.
- Realizar permanentemente actividades de superación personal y de
colaboración en el mejoramiento institucional de la administración
pública y, en particular, del organismo donde preste sus servicios.
- Rehusar con firmeza inequívoca el mantenimiento de relaciones o
de intereses, con personas u organizaciones, que sean incompatibles
con su cargo y con las atribuciones y funciones que le estén asignadas.
- Proceder con objetividad e imparcialidad en todas las decisiones
que le corresponda tomar así como en los asuntos en los que deba
intervenir.
- Rechazar en cualquier caso y circunstancia y no solicitar jamás,
ni para sí mismo ni para terceros, pagos, beneficios o privilegios en
ocasión de los servicios que deba prestar.
- Ajustar su conducta, de modo estricto y sin excepciones, a favor
de la transparencia en la administración pública, manteniendo la
confidencialidad y reserva de información, en aquellos casos
excepcionales cuya divulgación esté prohibida por razones del superior
interés público, de modo expreso y temporal.
- Denunciar ante la autoridad competente y rechazar cualquier
actividad contraria al correcto manejo de los fondos y del interés
público.
- Tratar a los ciudadanos y a los funcionarios públicos con absoluto respeto y con apego a la estricta legalidad, prestándole sus servicios y colaboración de manera eficiente, puntual y pertinente, sin abusar en modo alguno de la autoridad y atribuciones que le estén conferidas en ocasión del cargo que desempeñe.
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